Ayudas económicas del Ayuntamiento de Breña Alta a pymes y autónomos

Ayudas económicas del Ayuntamiento de Breña Alta a pymes y autónomos

Ayudas económicas a pymes, autónomos y comercio local de la nueva realidad social del Ayuntamiento de Breña Alta

  • Inicio plazo: 19 de octubre de 2021
  • Finaliza plazo: 22 de diciembre de 2021
  • Presentación: Of. Atención Ciudadana -> Registro de entrada del Ayuntamiento de Breña Alta

Enlace al BOP: http://www.bopsantacruzdetenerife.es/bopsc2/index.php?fbclid=IwAR26_MWeDdSGmmAMuuzmzkqy8X1G035KX381h8sd8aEoH5ODveUuHs0iW4c

INFOCOVID19 Ayuntamiento de Breña Alta / infocovid19@balta.org / Tlf.: Centralita: 922 437009 Ext. 264

 ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A ESTA AYUDA?

a) Desarrollar una actividad económica, empresarial y profesional con domicilio o sede social en algún centro de trabajo ubicado en la Villa de Breña Alta.

b) Las personas autónomas (empresarios y profesionales), deberán estar activos y en situación de alta como trabajadores autónomos en el RETA, Régimen Especial de Trabajadores del Mar,  o en su caso de alta en una de las mutualidades sustitutorias del RETA.

c)  Las personas jurídicas, deberán estar válidamente constituidas, desarrollando una actividad económica y tener la condición de microempresa o pequeñas empresas.

d)  Las comunidades de bienes o sociedades civiles,  podrán obtener la subvención  cuando estén desarrollando una  actividad económica y procedan a nombrar un representante con poderes acreditados  para representar la misma, en el caso de personas socias comuneras mancomunadas en que todas sean los representantes.

e)  Que la actividad que desarrollan haya convivido con la crisis sanitaria  producida por el COVID-19.

¿CUANTÍA?

1.-  Mejora de local desde el 1 de Marzo de 2020: ayuda directa de hasta 1500€.

2.- Apertura de nueva empresa desde el 1 de Marzo de 2020: ayuda directa de 1500€

3.- Nuevas contrataciones:

a) Bonificación al aumento de plantilla desde el 1 de marzo de 2020.

Hasta 3 trabadores.

Por cada trabajador fijo – discontinuo: 900 € (300 €/mes) Por cada trabajador eventual (Contratos con una duración mínima de 3

meses): 630 € (210 €/mes).

Los trabajadores tienen que seguir en la plantilla, y estar contratados en la fecha de publicación de las bases.

No se tendrán en cuenta a efectos de aumento, la finalización de los ERTE.

b) Contrataciones a partir de la publicación de las bases. Hasta 3 trabajadores.

Por trabajador fijo – discontinuo: 900 € (300 €/mes).

Por trabajador eventual (mínimo 3 meses de contrato) : 600 € (200 €/mes).

4.- Cantidad fija directa para costear costes de alquiler o hipoteca:

ayuda directa de 300€/mes durante 3 meses, correspondientes a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre.

5.- Autónomo o nuevo autónomo para el pago del Régimen de Trabajadores

Autónomos: ayuda directa de 150€/mes durante 3 meses, correspondientes a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre.

 

*El Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta contempla que de manera voluntaria el beneficiario de la ayuda recibida sea partícipe en el porcentaje que considere (10%, 15% o 20%) con los damnificados del volcán de La Palma.

ANEXO I Y II

ANUNCIO AYUDAS TEJIDO EMPRESARIAL BREÑA ALTA