Por la Resolución de 13 de agosto de 2020, se dispone la publicación del Acuerdo que aprueba la actualización de determinadas medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 con validez desde el 14 de agosto de 2020 para Canarias.
- El Gobierno de Canarias endurece las medidas de control contra la COVID-19 en locales de ocio
y reuniones sociales y festivas. - El Consejo de Gobierno aprueba el uso obligatorio de las mascarillas en todos
los espacios, tanto cerrados como abiertos. - Canarias también prohíbe el ocio nocturno en lugares cerrados y limita el aforo
en los sitios abiertos.
El Ejecutivo adopta medidas preventivas más exigentes con el fin de preservar la salud
de las personas y la economía; Canarias es la comunidad con una incidencia
acumulada de casos más favorable en todo el país, con 22,7 por 100.000 habitantes
El Consejo de Gobierno extraordinario celebrado esta mañana de jueves (13 de agosto de
2020) para analizar la situación de la pandemia COVID-19 en Canarias ha adoptado el
acuerdo de aprobar una serie de medidas sanitarias de reforzamiento en aras a buscar la
contención de los contagios en las Islas. El Consejo ha aprobado, a instancias de la
Consejería de Sanidad, el uso obligatorio de la mascarilla tanto en los espacios abiertos
como en los cerrados, independientemente de que se pueda mantener la distancia de
seguridad de 1,5 metros. Además, el Consejo ha aprobado restricciones en los sectores de
restauración y de ocio nocturno.
Estas medidas se toman tras constatar en la última semana un incremento significativo de
casos de COVID-19 en el Archipiélago, sobre todo en menores de 30 años y vinculados al
ocio nocturno. Actualmente, en Canarias hay 28 brotes activos (con casos diagnosticados en
los últimos 14 días), con 268 casos y 745 contactos estrechos identificados y en cuarentena.
Pese a esa evolución negativa, Canarias posee hoy en día la situación más favorable de la
pandemia en España, donde es el territorio con una incidencia acumulada de casos
diagnosticados (medidos a 14 días) de las más ventajosas del país, con 22,71 casos por cada
100.000 habitantes, por delante de Asturias y Galicia, según se recoge en el último informe
oficial sobre la COVID-19 (miércoles 12 de agosto) publicado por el Ministerio de Sanidad.
Mascarilla obligatoria
A partir de este viernes, cuando el acuerdo se publique en el BOC, se establece la
obligatoriedad del uso de mascarillas a todas las personas de seis años en adelante. Será
obligatorio llevar mascarilla en “la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier
espacio cerrado de uso público, o en el que se encuentre abierto al público, con
independencia del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5
metros”.
Además, será obligatorio el uso correcto de la mascarilla, debiendo cubrir, durante todo el
tiempo, la nariz y la boca completamente. Asimismo, deberá estar adecuadamente ajustada a
la nariz y a la barbilla, de modo que impida la expulsión de secreciones respiratorias al
entorno.
La mascarilla será obligatoria en los establecimientos y servicios de hostelería y
restauración, incluidos bares y cafeterías. Solo se excluye la obligación de su uso en el
momento de la ingesta de alimentos o bebidas.
En las playas y piscinas solo se excluye la obligación del uso de la mascarilla durante el
baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que
se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal entre todas las
personas usuarias no convivientes. En cualquier caso, será obligatorio el uso de mascarilla
en los accesos, desplazamientos y paseos que se realicen en esos espacios e instalaciones.
En los centros educativos no universitarios no será obligatoria la mascarilla cuando se trate
de los grupos de convivencia estable entre escolares y en el resto de grupos escolares,
cuando estén sentados en sus pupitres a una distancia de al menos 1,5 metros.
La obligación del uso de mascarilla no será exigible en los supuestos previstos en el artículo
6.2 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención,
contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria por la COVID-19.
Además de esa obligatoriedad, el Consejo de Gobierno, a instancias de la Consejería de
Sanidad, recomienda la utilización de mascarilla también en los espacios privados, “tanto
abiertos como cerrados, cuando se celebren reuniones de personas procedentes de distintos
núcleos de convivencia”.
Restauración
Junto a la anterior medida sobre el uso de la mascarilla, se establecen otras en el ocio y la
restauración. En este sentido, se modifica la norma anterior respecto a los aforos en bares y
restaurantes pues la ocupación máxima de mesa o agrupación de mesas será de 10 personas,
tanto en el interior como en el exterior de los locales. Se mantiene la distancia de separación
de 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas, así como en la barra entre clientes o
grupos. La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas en interior y exterior será de
10 personas. En todo caso, los establecimientos deberán tener adecuadamente señalizada la
mencionada distancia de separación.
Ocio nocturno
Respecto al ocio nocturno, solo se permite aquel que se produzca en espacios abiertos, tipo
terraza. Estos locales podrán abrir al público exclusivamente para consumo sentado o de pie
y siempre en reservados nominativos. El acceso será mediante grupos de hasta 10 personas
de su entorno social o familiar, sentadas o de pie, y el consumo será directamente servido en
cada reservado.
En todo caso, el aforo en terrazas al aire libre, discotecas y ocio nocturno será como
máximo del 75%. Además, habrá que mantener la distancia interpersonal y el uso de la
mascarilla.
En su caso, el personal de seguridad velará por que se respete la distancia interpersonal de
seguridad y evitará la formación de grupos numerosos y aglomeraciones, prestando especial
atención a las zonas de acceso e inmediaciones, así como a cualquier otra zona donde no se
respete la distancia interpersonal de seguridad.
El Gobierno prohíbe también los encuentros y las fiestas en embarcaciones recreativas
donde no se pueda mantener la distancia de seguridad.
El presidente destacó además que la celebración de verbenas y fiestas populares seguirán sin
autorizarse, dada la evolución epidemiológica actual.
Por otra parte, el Consejo de Gobierno aprobó la prohibición de fumar en la vía pública o en
espacios de uso público donde no se pueda mantener la distancia física de 1,5 metros,
atendiendo al riesgo de contagio de la COVID-19 que puede implicar el humo.
Por último, el presidente anunció una especial atención a las residencias de mayores, lo que
implica un cribado tanto de residentes como de trabajadores.